Marco Legal
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Reglamentos de la Sociedad de Padres (resolución 751). Esta rige la organización y funcionamiento de la Comunidad Educativa. (jueves 19 marzo 2009) - - Última modificación (miércoles 22 abril 2009).
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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA - AÑO CXIV - MES V CARACAS: VIERNES 6 DE MARZO DE 1987 NÚMERO 33. - REPÚBLICA DE VENEZUELA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DEL MINISTERIO - NUMERO 751. Organización y Funcionamiento de la Comunidad Educativa Resolución 751.
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GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELAAÑO CXIV - MES V CARACAS: VIERNES 6 DE MARZO DE 1987 NÚMERO 33.REPÚBLICA DE VENEZUELA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - DIRECCIÓNGENERAL DEL MINISTERIO - NUMERO 751CARACAS, 10 DE NOVIEMBRE DE 1986176º Y 127º.
La Sociedad de Padres y Representantes es un ente que forma parte de la Comunidad Educativa, tiene como cuerpo deliberante, la Asamblea y como cuerpo ejecutivo, la Junta Directiva. A la Asamblea asistirá la representación docente elegida para integrar el Consejo Consultivo. La Sociedad de Padres y Representantes está constituida por un Presidente, un Tesorero, un Secretario y dos Vocales, para estos últimos existen dos suplentes. El Director del plantel será siempre miembro de la Junta Directiva y tendrá funciones de administrador junto con los demás miembros. Los miembros de la Junta Directiva de la Sociedad de Padres se elegirán por votación nominal, directa y secreta de la Asamblea de Padres y Representantes.
No pueden pertenecer a una misma Junta los miembros de una familia en cuarto grado de consanguinidad y tampoco puede pertenecer el personal contratado por el Colegio. Por otra parte, no podrán reelegirse los miembros de la JD para el mismo cargo, por dos años consecutivos. La Junta se reúne en el local donde funciona el Plantel con la convocatoria del Director o el Presidente de la Junta Directiva y sus reuniones son válidas cuando la asistencia sea con la mitad más uno de los miembros y los acuerdos serán efectivos, con el voto afirmativo de la mitad más uno de los asistentes.
Las funciones de la Junta Directiva de la Sociedad de Padres son:
- Convocar y asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea general de Delegados .
- Tramitar ante la oficina Subalterna de Registro del Departamento o Distrito de la Circunscripción correspondiente, la protocolización como Asociación Civil sin fines de lucro, del Acta Constitutiva y los Estatutos de la Asociación de Padres y Representantes.
- Elaborar el proyecto de Reglamento Interno de la Sociedad y someterlo a la consideración de la Asamblea General.
- Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno de la Sociedad y las decisiones de la Asamblea de Delegados.
- Elaborar el presupuesto, el plan y el informe anual de actividades.
- Designar un miembro de la Sociedad para que asista junto con el Presidente, a los Consejos Generales de Docentes.
- Presentar por escrito a la Asamblea General, dos veces al año, cuenta sobre el manejo de los fondos y de las actividades cumplidas.
- Realizar el proceso de elección de la nueva Junta Directiva.
- Participar en el desarrollo de las actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas, culturales, artísticas, deportivas y recreativas que se realicen en el plantel.
- Contribuir para que la planta física y dotación del plantel, estén en condiciones para el normal inicio y desarrollo de las actividades escolares.
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